¿Es posible registrar el color de mi marca en Colombia?
De acuerdo con lo dispuesto en la Decisión 486 de 2000, se puede registrar como marca un color delimitado por una forma, o una combinación de colores.
De manera que los comerciantes, pueden registrar el color de su marca, con el fin de ser los únicos en el mercado que utilicen específicamente ese color para los productos y servicios designados y protegidos por su marca.
Para poder obtener dicho registro en Colombia, es necesario cumplir con unos requisitos específicos:
- La representación gráfica de la marca deberá ser precisa e inequívoca, por medio de una representación pictórica del color delimitado por una forma.
- Para la descripción del color, se podrá incluir en el formulario de solicitud de registro un código de identificación reconocido internacionalmente como Pantone, folcotone o RGB, o cualquier sistema de referencia que permita su verificación posterior y su correspondencia con el signo solicitado.
- Anexar una reproducción de la marca con el color solicitado en formato JPG.
De hecho, existen algunas marcas de color reconocidas en el mercado:
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Fuentes:
- https://www.colormatters.com/color-and-marketing/color-branding-legal-rights
- Decisión 486 de 2000 Comunidad Andina
- Superintendencia de Industria y Comercio Resolución No. 41810 del 10 de agosto de 2011
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